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Régimen General de Promoción de Inversiones


El Régimen General de Promoción de Inversiones aplica a proyectos de inversión de todos los sectores de actividad (Industria, Comercio, Servicios, Agropecuario)

El 29/mayo/2018 entró en vigencia el Decreto 143/2018 que introduce modificaciones a la Reglamentación de la Ley 16.906. Ajusta el cálculo de indicadores de los objetivos a cumplir, permite el acceso al Régimen a las Cooperativas y profundiza el tratamiento diferenciado de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

La Matriz de Indicadores para otorgar beneficios incluye: Empleo, Descentralización, Incremento de Exportaciones, Tecnologías más Limpias, Investigación & Desarrollo & Innovación, Sectorial. La mayor ponderación corresponde al indicador Empleo, premiando en particular la ocupación de mujeres, menores de 25 años, personas con discapacidad y puestos de trabajo rurales.

En cuanto a los beneficios, el porcentaje máximo a exonerar del pago de IRAE en cada Ejercicio no podrá exceder el 60% para empresas en marcha y el 80% en el caso de empresas nuevas. La exoneración de pago de Impuesto al Patrimonio será durante la vida útil de los bienes muebles y por 8 o 10 años en el caso de Obras Civiles. Se podrá solicitar la devolución del Iva Compras por la adquisición en plaza de materiales y servicios destinados a la Obra promovida. Paralelamente se obtiene la exoneración de tasas e impuesto a la importación de los mismos bienes.

Las MIPYMES (Micro, pequeñas y Medianas Empresas) que presenten Proyectos de Inversión por un monto de hasta 3:5000.000.- de Unidades Indexadas recibirán un 20% adicional de beneficio de IRAE (Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas) y se adicionará un Ejercicio al plazo obtenido para uso de los beneficios.

Para los Proyectos de Inversión presentados entre el 1/5/2018 y el 30/4/2021 se considerarán elegibles las inversiones en vehículos eléctricos de transporte de pasajeros

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